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Ayudas para autónomos y PYMES de Bizkaia afectados por el COVID-19 a partir de marzo 2021

Desde que comenzó la pandemia, las medidas sanitarias para frenar el virus han tenido consecuencias económicas negativas en el sector empresarial de nuestro país, ya que muchos autónomos y empresas han visto reducidos de forma considerable sus ingresos teniendo que seguir afrontando el pago de sus deudas. 

Con el fin de paliar los estragos económicos que determinado grupo de autónomos y empresas están soportando debido a la pandemia, el Gobierno publicó el pasado l 13 de marzo el Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, donde se recogen las ayudas directas para PYMES y autónomos más afectados por el COVID-19, como la hostelería, el comercio y el turismo.

A lo largo de este artículo, se explicarán en qué consisten estas ayudas, los requisitos necesarios para obtenerlas, y la cuantía de las mismas.

¿En qué consisten estas ayudas?

Las ayudas recogidas en el Decreto-Ley 5/2021 son ayudas directas destinadas a todos los autónomos y empresas que cumplan con los requisitos establecidos en este texto normativo y que podrás consultar en el siguiente apartado de nuestro artículo.

El objetivo de estas ayudas es ayudar a los autónomos y empresas que las reciban a pagar deudas financieras y facturas pendientes con sus proveedores que se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo del 2021. Además se establece un criterio de preferencia para el pago de estas deudas, teniendo prioridad los pagos pendientes a proveedores por orden de antigüedad, sobre las deudas con entidades financieras. 

¿Qué requisitos hay que cumplir para recibir las nuevas ayudas para autónomos y empresas?

Estas ayudas por COVID-19 serán asignadas a los a autónomos y empresas no financieras que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener domicilio fiscal en España.
  • Estar dado de alta en Hacienda y Seguridad Social y no haber cesado tu actividad. 
  • Que el volumen de operaciones del 2020 sea inferior al del 2019 en más de un 30%. Este importe se comprobará con lo declarado en el Modelo 390 de ambos ejercicios.
  • Que la actividad económica que realices esté recogida en el Anexo I del Real Decreto 5/2021.
  • No estar involucrada en un procedimiento concursal.
  • En el caso de los autónomos, haber declarado en la renta del 2019 un resultado neto positivo para sus actividades económicas.
  • En el caso de las empresas, que la base imponible del Impuesto sobre Sociedades del 2019 antes de compensar bases imponibles negativas sea positiva.

¿Cuál es la cuantía del importe de las ayudas?

La cuantía de estas ayudas oscilarán entre 3.000 € y 200.000 € teniendo en cuenta:

  • Los autónomos que estén en Estimación Objetiva de IRPF podrán percibir como máximo una ayuda de 3.000 €.
  • Los autónomos que estén Estimación Directa de IRPF y empresas que no sobrepasen los 10 trabajadores, percibirán una ayuda por un mínimo de 4.000 € y un máximo 200.000 €, siempre que los ingresos obtenidos en 2020 hubiesen disminuido en más de un 30% respecto a los del 2019. El montante de la ayuda será el 40% de la diferencia entre los ingresos del 2020 y los del 2019.
  • Los autónomos que estén Estimación Directa de IRPF y empresas que tengan más de 10 trabajadores, percibirán una ayuda por un mínimo de 4.000 € y un máximo 200.000 €, siempre que los ingresos obtenidos en 2020 hubiesen disminuido en más de un 30% respecto a los del 2019. En este caso el montante de la ayuda será el 20% de la diferencia entre los ingresos del 2020 y los del 2019.

¿Cuáles son las obligaciones que hay que cumplir tras recibir las ayudas?

Los autónomos y empresas que reciban esas ayudas tendrán que cumplir con las siguientes obligaciones: 

  • Mantener la actividad como mínimo hasta el 30 de junio de 2022.
  • Estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social.
  • Las empresas no se podrán repartir dividendos ni subir sueldos de sus directivos en un plazo de 2 años.

¿Dónde y cuándo puedo solicitar estas ayudas?

Para solicitar estas ayudas tienes que esperar a que tu Comunidad Autónoma establezca el procedimiento y los criterios para solicitarla.

¡Nosotros estaremos atentos para informarte de todas las novedades relacionadas con estas ayudas!

Creado por Nacho González

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